La Nacion Costa Rica

Bancos estatales usan protocolos propios para restituir dinero de estafas

››BnCr y BCr no utilizan mecanismo creado por oficina del Consumidor Financiero

Patricia Leitón pleiton@nacion.com

Los bancos están divididos sobre la aplicación del nuevo protocolo que creó la Oficina del Consumidor Financiero (OCF) el cual agiliza el proceso para que las entidades financieras reintegren el dinero a personas que sufrieron estafas electrónicas.

El 20 de julio pasado, la Oficina anunció que creó un nuevo protocolo en el cual, con solo una denuncia ante el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y un oficio de la Fiscalía correspondiente, la entidad receptora del dinero puede desbloquear los fondos para devolverlos al afectado.

Hasta ahora se ha requerido de la orden de un juez penal para devolver el dinero, lo cual implica que la víctima debe esperar cinco o seis años o hasta más para recuperarlo, según explicó Danilo Montero, director de la Oficina del Consumidor Financiero.

La Nación hizo un sondeo entre algunas entidades para consultar si aplicarán el protocolo. De los cuatro que contestaron, BAC Credomatic y Davivienda indicaron que sí adoptarán el mecanismo de la OCF, mientras que los estatales Banco Nacional y Banco de Costa Rica, respondieron que no por diferentes razones.

“En BAC Credomatic creemos que este protocolo permitirá ayudar a los clientes a recuperar sus fondos más rápido en aquellos casos de estafas digitales en que el banco receptor logra retener los fondos en la cuenta de uno de los defraudadores”, respondió Alejandro Rubinstein, vicepresidente de Experiencia al Cliente y Canales de Servicio de esta entidad.

Añadió que este protocolo ayuda a normar esos requisitos y genera un acuerdo entre los bancos para facilitar estos reintegros sin necesidad de la resolución de un juez penal, que podría tardar un tiempo considerable.

Arturo Giacomin, presidente ejecutivo de Davivienda, también confirmó la aplicación del protocolo.

“En Davivienda nos ocupa la tranquilidad de nuestros clientes, por ello ante el protocolo que promueve la Oficina del Consumidor Financiero (...), donde se establece que los montos bloqueados en las entidades financieras por delitos informáticos podrán ser devueltos con la denuncia del OIJ y bajo la orden e instrucción del fiscal responsable, en nuestra organización sí lo aplicamos”, dijo Giacomin.

Parecido. Por su parte, David Hernández Mora, director de Seguridad e Investigaciones del Banco Nacional, comentó que si bien el Banco no está afiliado a la Oficina del Consumidor Financiero, participó en la depuración y revisión de dicho protocolo, el cual es muy similar al que ya utilizan desde hace un par de años y que continuarán aplicando.

Francisco Gamboa, director de Relaciones Institucionales del Banco Nacional, añadió que el procedimiento que tiene establecido el Banco Nacional desde el 2018, no es tedioso para el cliente estafado.

El procedimiento que utiliza esta entidad bancaria no requiere que el cliente consiga un oficio del Ministerio Público que ordene la devolución de los fondos, ni tampoco la resolución de un juez.

En resumen, el proceso es así: la víctima de estafa pone en conocimiento de la situación al Banco, la entidad verifica la disposición efectiva de los montos sustraídos, en caso de encontrarse aún en la cuenta de destino (con el BN), ya sea la totalidad o bien una parte de ellos, se bloquean los fondos, y luego el cliente pone la denuncia al OIJ.

“Con la denuncia en su poder, el Banco Nacional le requerirá al dueño de la cuenta donde se depositó el dinero, justificar en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación del citado requerimiento, el origen de estos fondos, con la indicación de que en su contra existe una denuncia penal. Cumplido ese plazo, sin recibir respuesta del cliente, se procederá a reintegrar el dinero al afectado, salvo que manifieste que los fondos congelados en su cuenta tienen origen lícito”, detalló Gamboa.

Este funcionario añadió que la simple manifestación del cliente dueño de la cuenta destino, negándose al reintegro o bien manifestando que estos fondos son de origen lícito, impedirá al Banco Nacional realizar el reintegro, y deberá el cliente afectado aguardar la resolución del asunto mediante la vía judicial.

En el Banco de Costa Rica (que tampoco pertenece a la Oficina), Carlos Astorga, gerente de Servicios Corporativos, considera que se requiere la orden de un juez para devolver los recursos.

Indicó que el protocolo de la Oficina del Consumidor Financiero es una excelente guía que permite promover una gestión común en el sistema financiero para la devolución de fondos que se encuentran congelados.

“No obstante, debemos resaltar que solamente un juez de la República podría ordenar a los bancos receptores de dineros, su retención y disposición a favor de terceras personas o a la cuenta de algún despacho judicial en particular”, expresó Astorga.

“En razón de lo anterior, dado que la Oficina del Consumidor Financiero elevó el protocolo al Ministerio Público, estamos a la espera de la resolución que la Corte Suprema de Justicia haga al respecto, para valorarlo a la luz del bloque de legalidad que lo sustente, toda vez que, reiteramos, en la actualidad es el juez penal quien emite este mandato en su función como juez de garantías durante la investigación preliminar”, manifestó Astorga, gerente de Servicios Corporativos.

ECONOMÍA

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2021-07-30T07:00:00.0000000Z

2021-07-30T07:00:00.0000000Z

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