La Nacion Costa Rica

Juicio por usurpación de tierras indígenas en vilo por peritaje cultural

››Fiscalía hizo acusación por caso de Salitre en 2018, pero perito falleció y se buscan sustitutos

Carlos Arguedas C. carguedasc@nacion.com

En abril del 2018, la Fiscalía acusó a 41 personas por el delito de usurpación de tierras propiedad de indígenas en el territorio de Salitre, en Buenos Aires de Puntarenas.

Tres años y siete meses después, la audiencia preliminar todavía no se ha realizado y se desconoce si el asunto será elevado a juicio. La razón es que varios imputados solicitaron un peritaje cultural para probar que ellos también son indígenas y tienen derecho a poseer tierra en ese lugar.

El conflicto en este proceso lo dio a conocer el fiscal adjunto de Pérez Zeledón, Édgar Ramírez. La solicitud de peritaje cultural la presentó la defensa de los imputados el 27 de noviembre del 2019, cuando se estaba realizando una audiencia en el Juzgado Penal de Buenos Aires.

“El juez acogió la solicitud y ordenó hacer los peritajes, es decir, hacer un análisis muy completo de la cosmovisión y rasgos de cada una de las personas imputadas. Eso provocó que el asunto se haya demorado un poco, porque ese estudio requiere personas calificadas y el experto que se tenía (Marcos Guevara Berger), que nos ayudaba en esos peritajes, falleció a inicios de enero de este año.

”Entonces, se está en la búsqueda de las personas para hacer el trabajo. Este año es difícil que se tenga. Espero que esté a principios del otro año, para que ya se pueda establecer una fecha para el juicio”, declaró Ramírez.

La apertura de esta investigación la ordenó la Fiscalía General en el 2016 con la finalidad de garantizar los derechos culturales establecidos desde el 29 de noviembre de 1977, cuando se emitió la Ley Indígena, que creó 24 territorios indígenas cuyas tierras debían ser propiedad de los nativos de esos lugares.

De acuerdo con el Ministerio Público, el asunto se tramitó en el expediente 16200108-634-PE por el delito de usurpación y se logró individualizar a 41 personas, presuntamente no indígenas, como dueñas de fincas en el territorio indígena de Salitre.

Durante la investigación, se realizaron entrevistas a personas originarias de la zona, inspecciones de campo, así como pericias técnicas, como el levantamiento de planos por parte de especialistas en planimetría del Organismo de Investigación Judicial (OIJ); además, se hizo un análisis del sistema consuetudinario de transmisión de tierras en Salitre.

Tras dos años de pesquisas, el 6 de abril del 2018, se presentó al Juzgado Penal de Buenos Aires la acusación y solicitud de apertura a juicio.

“Este expediente representa un caso inédito para el Ministerio Público, ya que se inició de oficio, ejerciendo el control de convencionalidad, aplicando lo que establecen los convenios internacionales que tutelan los derechos de los pueblos indígenas.

”Se tuteló el derecho de propiedad colectiva, tomando en cuenta el sistema propio de trasmisión de tierras de Salitre”, detalló la oficina de prensa de la Fiscalía.

Otra pesquisa.

Recientemente, Tatiana García, fiscala de Asuntos Indígenas, dijo en un programa radial que se realiza una investigación similar en el territorio indígena de Térraba (también en el cantón de Buenos Aires). Esa pesquisa se abrió el 8 de marzo del 2017 por el presunto delito de usurpación y se tramita en el expediente 17-000125-0634-PE.

Hasta el momento, las autoridades judiciales han indagado a 102 personas y se hicieron las inspecciones de campo con ingenieros forenses.

Según García, la posesión de tierras indígenas en manos de personas particulares ha hecho que estos pueblos, como dueños legítimos de esos territorios, decidieran recuperarlos, amparados en el derecho de reivindicación de tierras.

“El resultado de eso son lamentables conflictos con personas no indígenas que habitan ahí, de forma ilegítima, según la legislación. La Ley Indígena indicó que los territorios indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles, y única y exclusivamente para las comunidades indígenas que los habitan.

”Las personas no indígenas no pueden alquilar, arrendar o comprar terrenos ubicados dentro de estos (territorios), ya que su posesión sería absolutamente nula”, señaló.

El Código Penal dispone, en el artículo 225, que el delito de usurpación será castigado con una pena de prisión de seis meses a cuatro años “a quien por violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes”.

El 24 de abril del 2020, la Sala Tercera, al confirmar una sentencia absolutoria a favor de 12 personas acusadas de usurpación en Salitre, señaló: “Para configurar el delito de usurpación en el presente asunto, hubiera sido necesario declarar ese territorio como indígena, por medio de resolución emanada por una autoridad competente, imponiéndoles a los imputados la obligación de salir de la finca y la consecuente toma de posesión material y formal del inmueble (a los demandantes), situación que no se da en el presente asunto, porque en sentencia se tuvo por acreditado que los acusados ejercían la posesión del inmueble desde antes de que ingresara la denunciante a la finca.

”Sin embargo, esto no quiere decir que los acusados tengan derecho sobre la propiedad de forma permanente, sino que debe ser por la (debida) vía legal que se discuta el tema de la recuperación de los territorios indígenas”.

SUCESOS & JUDICIALES

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2021-11-28T08:00:00.0000000Z

2021-11-28T08:00:00.0000000Z

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