La Nacion Costa Rica

La coordinación entre los poderes del Estado es primordial

Fernando Cruz Castro PresideNTe de lA corTe suPreMA de jusTiciA

En la polémica que se ha producido en los últimos días sobre la independencia y coordinación entre poderes, estimo oportuno destacar aspectos de nuestro diseño constitucional, porque vale la pena reflexionar sobre el marco que define la Constitución en la competencia y atribuciones de cada poder del Estado.

Una reflexión serena y prudente se impone, porque la división de poderes a veces se toma con una ligereza peligrosa e inconveniente, principalmente por lo que se publica en las redes sociales.

Aprecio debilidad en la conciencia ciudadana sobre la trascendencia política que tiene la separación de poderes y sobre la trascendencia que tiene la independencia judicial, que es un poder silencioso y con muchas limitaciones para polemizar frente a las descalificaciones que pueden darse en la política.

Me parece que no se asume con la seriedad necesaria el posible debilitamiento del Poder Judicial en su esencia, es decir, se ignora la relevancia que tiene que su independencia sea fortalecida, valor que no parece tener buen futuro, y esa impresión me causa una enorme preocupación.

Soy funcionario judicial de carrera y mi experiencia me da el conocimiento y la autoridad para afirmar que efectivamente somos muy vulnerables ante los embates del poder político.

La división de poderes a veces se toma con una ligereza peligrosa e inconveniente, principalmente por lo que se publica en las redes sociales

Cifras a mayo del 2022.

La independencia judicial no es más que una garantía para las personas sin distingo alguno. Que cada habitante de esta nación pueda tener la tranquilidad de que su caso se resolverá de acuerdo con la Constitución Política y la ley, sin injerencias ni presiones indebidas, es medular en la democracia, y así debe ser.

Esta independencia no es para evitar la rendición de cuentas, porque eso se hace cotidianamente.

El principio de separación de poderes es transversal. El Poder Ejecutivo no tiene preeminencia sobre los otros poderes, el órgano electoral, ni las autonomías. Ese es el diseño constitucional por el que este país apostó en la Constitución Política de 1949, pero lamentablemente, en los últimos años, consciente o inconscientemente, no lo sé, es como un vaivén en el que el poder político siempre tiene la pretensión de tener control absoluto.

Esto último es lo que llama mi atención, y ojalá solo sea mi preocupación. Como bien lo señaló la legisladora Pilar Cisneros en el espacio de control político, Montesquieu puede dormir tranquilo, pero yo le agregó que los costarricenses también.

Precisamente, Cisneros, en su intervención, brindó un dato del circulante total del Poder Judicial de hace cuatro años: 1.252.182 casos; de seguido, aseguró que no se ha dado respuesta a las personas.

Esa cifra corresponde a la suma de todos los casos que representa el circulante activo en ese período; es la totalidad de las labores para ese momento. El circulante total a mayo del presente año es 1.318.063, lo que significa un incremento del 22% al que se tenía en el año 2018.

Mora judicial.

Esas cifras, sin embargo, no son procesos paralizados, no están estáticos. Interpretarlo así sería presuponer ante la ciudadanía que el Poder Judicial es una institución inerte, inactiva. Una visión que está muy alejada de la realidad.

Es sobre cada expediente que quienes juzgan dictan resoluciones en primera instancia, apelación y casación. Hay que tomar en consideración que cada materia tiene sus procedimientos y se rige por sus propias normas.

La actividad procesal de las partes involucradas tiene incidencia, en muchas ocasiones, en la duración de la tramitación de un caso hasta su decisión definitiva.

¿Tenemos mora judicial?, por supuesto, ¿qué Poder Judicial del mundo no la tiene? Pero el Poder Judicial no asume una actitud pasiva ante este problema, lejos estamos de cruzar los brazos frente a esta disfunción.

Por esta razón se han impulsado rediseños de despachos, se fijan cuotas de trabajo para cada juez y jueza, indicadores de gestión, se impulsan reformas legales y, recientemente, se introdujo una vigilancia constante mediante el Observatorio Judicial, instrumento disponible en la web judicial.

De esta manera se pone a disposición de la ciudadanía una herramienta que hace efectiva la transparencia y la rendición de cuentas desde abril pasado.

integramos una Comisión Mixta con el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica para disminuir la mora judicial, pues compartimos intereses comunes por el aumento de la litigiosidad y la judicialización de asuntos de interés nacional que pueden abordarse de otra manera.

Estado de la justicia.

El Estado de la Justicia, adscrito al Programa Estado de la Nación, es una iniciativa del Poder Judicial en el que no intervenimos ni definimos su contenido.

En el estudio se resalta que el Poder Judicial ha estado muy activo en los últimos treinta años promoviendo reformas. El Tercer informe estado de la justicia señaló que solo entre 1990 y el 2018 el Poder Judicial registró la aplicación de 114 leyes nuevas y 1.034 nuevas competencias, muchas de estas sin contenido presupuestario específico.

Dos ejemplos claros del activismo reformista del Poder Judicial para abordar la mora es la materia de cobro, que representa el 68% del circulante activo; en relación con este gran problema, presentamos al Parlamento un proyecto de ley para introducir una tasa cobratoria a la parte acreedora, pero la iniciativa fue archivada.

El otro ejemplo tiene relación con el exceso de casos que debe resolver la Sala Constitucional y que origina una mora judicial respecto a la duración de las acciones de inconstitucionalidad.

Para solventar la deficiencia, el Poder Judicial propuso al Parlamento y al Poder Ejecutivo la creación de tribunales de amparo, y tuvo la misma suerte en el Congreso. La iniciativa fue archivada.

Soluciones planteadas.

No ha existido pasividad frente a un tema multifactorial como la mora judicial, la Corte ha propuesto soluciones que por razones políticas o circunstanciales no fueron acogidas.

Finalizo estas reflexiones destacando algo en lo que he insistido en diferentes foros: la independencia del Poder Judicial es una construcción constante de todos los poderes del Estado en el respectivo marco de sus competencias, como también lo es la urgente necesidad de trabajar por la eficiencia, la celeridad y la mejora en la calidad de la justicia.

Este es y ha sido nuestro reiterado compromiso con el país. Mantenemos la puerta abierta para que los actores del sistema político fortalezcan la transparencia y celeridad de la justicia, así como su independencia.

Las actas de la Constituyente brindan criterios muy oportunos sobre la responsabilidad que tienen los actores políticos para asegurar la independencia de la jurisdicción.

Estas valiosas lecciones no pueden ignorarse. No hay duda de que en el fortalecimiento de la Justicia se requiere una coordinación entre los poderes, así como un respeto por las competencias de cada uno. Respeto y prudencia entre poderes, limitando la acción de cada uno a las competencias que señala la Constitución. ■

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