La Nacion Costa Rica

Requisitos de ingreso para extranjeros serán más flexibles

››Plazo de vigencia de pasaporte se reduce de seis a tres meses

Josué Bravo josue.bravo@nacion.com

La Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) emitió nuevas directrices que flexibilizarán, a partir de este martes, el ingreso a Costa Rica de extranjeros no residentes de algunas nacionalidades. Aplicará básicamente para ciudadanos de Nicaragua y Colombia que entren en condición de turistas o con visa de tránsito, así como refugiados residentes en Estados Unidos y en Canadá.

Por medio de la directriz DG-0018-07-2022-DG-UV, la DGME reducirá de seis a tres meses el plazo de vigencia del pasaporte para nicaragüenses y colombianos al momento de ingresar al país. Por ejemplo, con la directriz anterior, si al momento de gestionar la visa el pasaporte de la persona tenía una validez inferior a los seis meses, se le devolvía el trámite. Ese plazo ahora se reduce a la mitad.

Con la disminución, estos ciudadanos se equiparan a los del segundo grupo de 37 naciones con ingreso regulado por Migración, a los que se les exige una validez mínima de 3 meses del pasaporte.

En este grupo figuran Guatemala, Honduras, Turquía, Micronesia, Islas Salomón, Surinam, Dominica y Granada, entre otros, con la salvedad de que estos no requieren de visa para ingresar a Costa Rica y tienen un plazo máximo de permanencia de 30 días.

La directriz migratoria divulgada este sábado, mantiene el plazo de 90 días de vigencia de las visas que se otorguen a los ciudadanos de Nicaragua y Colombia.

A los nicaragüenses, además, la DGME les permitirá solicitar dos visas consulares en su país de origen, siempre que justifiquen la necesidad de ingresar al país dos veces. Este beneficio se autorizaría, por ejemplo, cuando deban salir desde territorio costarricense hacia otro destino y deban regresar por la misma vía.

Para los venezolanos, la circular aclara que quienes se encuentran en su país deben aplicar por una visa consultada a través del consulado de Costa Rica en Colombia, dado que el país no tiene representación de ese orden en Venezuela, presentando los requisitos correspondientes.

Y mantiene la opción de que los venezolanos fuera de su país puedan gestionar visa consultada en terceros países y de reunificación familiar, desde Costa Rica, según la legislación migratoria vigente.

Otra flexibilidad permite a los nacionales del grupo de países con visa consular o restringida que residan en condición de refugiados en Estados Unidos y Canadá, poder ingresar a Costa Rica sin visado. El refugio en ese país debe tener una vigencia mínima de tres meses. Esta excepción solo estaba reservada para quienes tenían visa u otro tipo de permanencia legal en esos países de Norteamérica.

En el caso de los cubanos refugiados en EE. UU., por ejemplo, la DGME les exigió visa consultada para entrar al territorio nacional desde principios del 2022. Anteriormente no requerían del requisito, a pesar de que la exigencia de una norma desde 2016.

Por otra parte, a las personas refugiadas o apátridas del bloque de naciones que requieren de visa consular, residentes en un tercer país, podrán gestionar ese visado en cualquier consulado tico en el exterior, pero sin consulta previa. Aquí califican ciudadanos con esa condición de Albania, Angolia, Arabia Saudí, Georgia, Indonesia o Yemen. Este grupo lo integran 72 naciones.

Por último, a los ciudadanos o apátridas con visa restringida de 15 países, residentes en terceras naciones, les mantiene la gestión de visa consultada. Aquí figuran ciudadanos en esas condiciones Corea del Norte, Myanmar, Palestina, Siria, Afganistán, Irán e Irak, por mencionar algunos.

A los refugiados el país también les permitirá, para su ingreso, un salvoconducto reconocido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), conocido como laissez-passer.

Pese a los cambios, la DGME aclaró que “la visa es una expectativa de ingreso al país y la persona extranjera deberá someterse al control migratorio correspondiente con el oficial de la Policía Profesional de Migración, quien autorizará (o rechazará) su ingreso, así como la cantidad de días de permanencia en el país que le sean otorgados”.

EL PAÍS

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2022-08-15T07:00:00.0000000Z

2022-08-15T07:00:00.0000000Z

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