La Nacion Costa Rica

Avalada prohibición de designar a jueces en altos cargos de Gobierno

››Entidad respalda plan de ley para prevenir las llamadas ‘puertas giratorias’

Aarón Sequeira aaron.sequeira@nacion.com

La Procuraduría General de la República (PGR) avaló que se prohíba, mediante proyecto de ley, el nombramiento de jueces del Poder Judicial en cargos fundamentales del Gobierno y recomendó que, incluso, la prohibición se extienda a otros funcionarios judiciales.

Así lo expresó el abogado del Estado en la opinión jurídica PGR-OJ-161-2022, emitida a petición de la Comisión de Asuntos Jurídicos el 9 de noviembre, donde plantearon varias observaciones al expediente legislativo 23.150.

Se trata del proyecto de Ley de Prohibición para que los Jueces del Poder Judicial en Funciones Sean Nombrados en Altos Cargos del Poder Ejecutivo, presentado por el diputado Geison Valverde, del Partido Liberación Nacional (PLN).

En opinión de la PGR, la iniciativa no presenta inconvenientes y, más bien, la consideró una limitación legal que pone fin a las “puertas giratorias” en la Justicia, “una medida compatible con el Derecho de la Constitución”.

“Su justificación se halla en el principio fundacional de imparcialidad del juez como funcionario público y se constituye en una garantía objetiva de la independencia judicial, constitucionalmente garantizada, con lo cual se protege el sistema de administración de justicia como un todo”, explica la Procuraduría.

El informe, firmado por Luis Guillermo Bonilla, procurador adjunto, recordó que la propia Sala Constitucional ha advertido a la Administración Pública de la necesidad de contar con mecanismos para asegurar la independencia de los funcionarios públicos, frente a intereses ajenos al ejercicio de las funciones públicas.

Esos intereses podrían ser políticos, económicos, burocráticos o corporativos, familiares, particulares o de otro tipo, enfatizó el abogado del Estado.

Se conoce como “puertas giratorias” el fenómeno en el cual una persona pasa de un puesto a otro, ya sea entre poderes de la administración pública, o de una institución reguladora a una empresa privada regulada, o viceversa.

La Procuraduría enfatizó en que el traslado de un funcionario de un puesto judicial a uno del Gobierno puede derivarse de intereses que podrían desviar al funcionario del objetivo de dar un servicio a favor del interés público.

“En el caso específico de la judicatura, se ha reiterado que la imparcialidad del juez constituye un elemento básico del sistema democrático, cuya vulneración afecta la esencia misma de la legitimación de nuestro régimen político”, dice la opinión jurídica.

Agregó que “la materia anticorrupción requiere de regulación para el fenómeno de la ‘puerta giratoria’ respecto a otros cargos públicos” que, por sus funciones o posición estratégica dentro de la organización, presentan un gran riesgo de conflicto de intereses.

Otros funcionarios. La Procuraduría sugiere que la prohibición cubra a otros funcionarios de órganos del Poder Judicial, como la Fiscalía General de la República y el Ministerio Público, así como el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), puesto que las leyes orgánicas de esas entidades les otorgan independencia funcional “que sería importante también garantizar”.

En el gobierno de Carlos Alvarado, Michael Soto, funcionario del OIJ, fue nombrado como jerarca del Ministerio de Seguridad Pública (MSP), y en la actual administración de Rodrigo Chaves se nombró a Gerald Campos, subdirector de la Policía Judicial, como ministro de Justicia.

Además, la exjueza de Trabajo, Marta Esquivel, primero fue nombrada ministra de Trabajo y, posteriormente, presidenta de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Ella renunció al Poder Judicial al asumir la dirección de la CCSS.

La PGR también recomendó asociar la iniciativa legal a reformas en los artículos 9 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que son los que actualmente “permiten, por vía de excepción, el cambio de sombrero o de toga, como paso de la función jurisdiccional a la rama ejecutiva”.

Por tener incidencia directa en el funcionamiento del Poder Judicial, el proyecto deberá ser consultado a ese poder de la República.

EL PAÍS

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2022-12-03T08:00:00.0000000Z

2022-12-03T08:00:00.0000000Z

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