La Nacion Costa Rica

CCSS obligada a atender pacientes con cédula vencida

Directriz interna atenta contra Constitución y derecho a salud

Aarón Sequeira aaron.sequeira@nacion.com

Un criterio emitido por la Dirección Jurídica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) concluyó que es una obligación constitucional de esa institución y de todas sus dependencias dar atención médica al usuario que tenga derecho, sin importar que este tenga su cédula de identidad vencida.

Así consta en el oficio GADJ-1902-2022, con fecha del 16 de marzo del 2022, dirigido al jefe de despacho de la presidencia ejecutiva de la Caja, Wilman Rojas Molina.

En ese documento, el director jurídico de la CCSS, Andrey Quesada, explica que se realizó el análisis a raíz de la consulta realizada por la diputada Paulina Ramírez, del Partido Liberación Nacional (PLN), luego de que se conoció el caso de una adulta mayor de 99 años, a la que se le negó la atención en el Ebáis de La Unión por tener el documento de identidad vencido.

El estudio lo firman también Dylana Jiménez Méndez, jefa del Área de Gestión Técnica y Asistencia Jurídica, y la abogada Stephanie Gazo Romero.

La opinión jurídica se emitió al amparo de los artículos 21 y 50 de la Constitución Política y la jurisprudencia de la Sala Constitucional, donde se establece la preponderancia del derecho a la salud como derecho fundamental.

Los abogados consideran que se deben aplicar los principios de razonabilidad y proporcionalidad en ese tipo de situaciones.

La diputada Ramírez había pedido cuentas a la institución por los “reiterados casos que se están presentando en centros médicos en los que se le niega servicios de salud a pacientes que presentan la cédula vencida”.

En el mismo informe, se recordó que ya se había establecido la obligación de los servicios de emergencia de prestar la atención a los usuarios, pese a tener el documento de identificación no vigente.

Sin embargo, la Dirección Jurídica también reconoció la necesidad de ampliar dicho criterio, así como la obligación de la Caja de cumplir con la orden constitucional de garantizar la continuidad y disponibilidad de los servicios de salud, eliminando barreras de acceso.

Aunque los juristas consideran que es obligación de todo ciudadano adquirir su cédula y presentarla para realizar gestiones administrativas y formalizar el seguro de salud, añaden que conviene un abordaje distinto cuando se trata del acceso a los servicios de salud.

“De las sentencias emitidas por la Sala Constitucional, es posible concluir que el derecho a la salud se encuentra constitucionalmente reconocido como un derecho fundamental que debe ser otorgado a las personas aseguradas que así lo requieran”, dice el documento.

El criterio jurídico dice que, si bien es cierto leyes y reglamentos establecen que la cédula, una vez vencida, caduca para todo efecto legal, lo cierto es que “el derecho a la salud como derecho fundamental es prioritario, por lo que no debería negarse la atención a la persona usuaria si aporta la cédula vencida”.

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2023-03-25T07:00:00.0000000Z

2023-03-25T07:00:00.0000000Z

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