La Nacion Costa Rica

Suspensión de directivos de CCSS choca en Procuraduría

››directores pueden votar asuntos ‘macro’ aunque incidan en parientes, dice Procuraduría

Valeria Martínez valeria.martinez@nacion.com

“BAJO TAL RAZONAMIENTO (QUE DE DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SE DERIVEN BENEFICIOS PARTICULARES) NO PODRÍAN COLOCARSE REPRESENTANTES DE NINGÚN SECTOR EN LA JUNTA DIRECTIVA, O BIEN, UNA VEZ ASUMIDO EL CARGO, EL DIRECTIVO SE VERÍA OBLIGADO A CESAR DE FORMA ABSOLUTA EN TODAS LAS ACTIVIDADES PERSONALES, EMPRESARIALES O GREMIALES RELACIONADAS CON ELLO, CON LO CUAL QUEDARÍA DESCONECTADO DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DEL GREMIO QUE DEBE REPRESENTAR”.

Andrea Calderón Procuradora

La Procuraduría General de la República (PGR) emitió un criterio en el que contradice el argumento que utilizó el Gobierno para suspender a cinco directivos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Según la administración de Rodrigo Chaves y la presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Esquivel, los miembros de la Junta Directiva incurrieron en presuntas irregularidades al aprobar un aumento salarial retroactivo para los funcionarios de Caja, porque tienen hijos, hermanos y otros familiares entre los 63.000 trabajadores de la entidad.

Para la Procuraduría, los directivos pueden participar en la discusión y votación de asuntos “macro”, aunque estos incidan en familiares, sin que ello configure un motivo de abstención.

Ese es el caso de “acuerdos de alcance general, aplicables a todo un sector o a la generalidad de los empleados de la CCSS, los asegurados o ciudadanos”, pues se trata de decisiones “que afectarán objetivamente a todos aquellos que se encuentren en los supuestos que sustentan” la medida acordada, dice el pronunciamiento.

Así lo expuso la el órgano procurador el pasado 21 de abril, en respuesta a un conjunto de consultas realizadas por el auditor interno de la CCSS, Ólger Sánchez.

¿Conflicto de interés? El abogado del Estado explicó que el conflicto de interés ocurre cuando el funcionario tiene intereses de índole privada que podrían ser beneficiados por la ejecución de funciones.

Para el ejemplo de la Junta Directiva de la CCSS, dice el dictamen, el deber de abstención es necesario “en casos concretos de operaciones o reclamaciones” que deben resolver los directivos si ellos tienen intereses especiales, “hipótesis distinta a la aprobación de reglamentos, políticas y otros que no tienen un destinatario específico, sino que son de carácter general”.

El deber de abstención está referido a la presencia clara de parentescos, negocios o rentas que representen un interés directo para el directivo “que pueda superponerse al interés público”.

En los casos macro, dice la Procuraduría, “estaríamos en presencia de actos que parten de una base objetiva y general y que regulan supuestos que participan igualmente de tales características, de ahí que pueda estimarse que no derivan o producen favorecimiento directo a quienes aprueban tales acuerdos y, desde ese punto de vista, no se configuraría un conflicto de intereses”.

La PGR agrega que no sería lógico pensar que cualquier decisión general que adopten los directivos de la CCSS, con efectos sobre los sectores representados en la Junta Directiva, pueda calificarse como administración o legislación en provecho propio.

“Pues bajo tal razonamiento no podrían colocarse representantes de ningún sector en la Junta Directiva, o bien, una vez asumido el cargo, el directivo se vería obligado a cesar de forma absoluta en todas las actividades personales, empresariales o gremiales relacionadas con ello, con lo cual quedaría desconectado de las actividades propias del gremio que debe representar”, afirmó la procuradora Andrea Calderón en su respuesta.

Calderón aclara que sí habría una situación de conflicto cuando un funcionario influya de manera inadecuada en un asunto específico de índole privada en que él o familiares se vean beneficiados.

Opinión similar. En enero, la Auditoría Interna de la CCSS emitió un criterio similar al de la PGR en respuesta a una solicitud que planteó la presidenta ejecutiva, Marta Esquivel.

En una entrevista publicada por este diario el 16 de diciembre, la jerarca dijo que no consideró necesario esperar el criterio antes de señalar a los cinco directivos.

Los directivos suspendidos por el Consejo de Gobierno son José Loría, Martha Rodríguez, Maritza Jiménez, Carlos Salazar y Jorge Arturo Hernández.

En setiembre del 2022, los directivos avalaron subir entre ¢7.500 y ¢8.500 mensuales a la base salarial de todo el personal de la CCSS, de forma retroactiva, desde enero del 2020. La decisión costaría ¢10.000 millones más por año, incluido el crecimiento del salario base más los pluses.

El 7 de diciembre del 2022, el Consejo de Gobierno suspendió a los directivos y, de acuerdo con el mandatario Rodrigo Chaves, la decisión obedeció a “irregularidades claras, conflictos de intereses y el potencial de delito penal”.

Según indicó el entonces presidente, el Consejo acordó enviar el caso al Ministerio Público para una investigación en la vía penal por eventuales hechos delictivos. En esta denuncia iban a incluir al expresidente de la Caja, Álvaro Ramos. Hasta el momento, la Fiscalía no registra denuncia alguna contra Ramos.

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2023-05-29T07:00:00.0000000Z

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